Normativa

Marco Legal

Para el cumplimiento de las disposiciones legales que rigen a la educación en general, el Instituto Superior de Formación Tributaria, Comercial y Administrativa (FOTRIEM) cuenta con un marco normativo interno aprobado por las autoridades académicas y debidamente formalizados y publicados en la página web de la institución de acuerdo con el siguiente orden de prelación y en concordancia con el marco legal nacional, jerarquizado en el siguiente gráfico:

Creación

Ley de Creación

PODER LEGISLATIVO

LEY Nº 3502

QUE RECONOCE AL “INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACION TRIBUTARIA Y EMPRESARIAL” COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR

 

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

 

Artículo 1º.- Reconócese al “Instituto Superior de Formación Tributaria y Empresarial” como Institución de Educación Superior, que se regirá por la presente Ley, el Artículo 79 de la Constitución Nacional, la Ley Nº 1264/98 “GENERAL DE EDUCACIÓN” y las demás normas pertinentes.

 

Artículo 2º.- Facúltase al Instituto Superior de Formación Tributaria y Empresarial a implementar planes y programas de estudios en el campo de las áreas jurídico – tributaria y ciencias empresariales, y a expedir títulos de grado, maestría y diplomados, de acuerdo a las carreras ofrecidas, incorporándose la investigación y la extensión académica.

 

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 211 de la Constitución Nacional.

 

 

Oscar Rubén Salomón Fernández
Presidente
H. Cámara de Diputados
 
Miguel Abdón Saguier
 Presidente
H. Cámara de Diputados
 
Carlos Martínez Ruiz Díaz
Secretario Parlamentario
 
Herminio Chena
Secretario Parlamentario
 

Asunción, 25 de junio de 2008

 

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

 

El Presidente de la República

 

Nicanor Duarte Frutos

 

Modificación

Sesquicentenario de la Epopeya Nacional 1864-1870

QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA LEY N° 3.502/2008, QUE RECONOCE AL “INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACIÓN TRIBUTARIA Y EMPRESARIAL” COMO INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1º.- Modifícanse los artículos 1° y 2° de la Ley N° 3.502/2008, QUE RECONOCE AL “INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACIÓN TRIBUTARIA Y EMPRESARIAL” COMO INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR, que quedan redactados de la siguiente manera:

Art. 1º.- Reconócese al “Instituto Superior de Formación Tributaria, Comercial y Administrativa” como Institución de Educación Superior, que se regirá por el artículo 79 de la Constitución, la Ley N° 4.995/2013 “DE EDUCACIÓN SUPERIOR” y las demás normas pertinentes.”

Art. 2º.- Facúltase al “Instituto Superior de Formación Tributaria, Comercial y Administrativa”, a implementar planes y programas de estudios de alta exigencia en el campo del área de las Ciencias Sociales: Ciencias de la Educación, Comercial y Administración; en especial: jurídico-tributaria, comercial y administrativa, y a expedir títulos de grado y de postgrado, de acuerdo a las carreras ofrecidas, incorporándose la investigación y la extensión académica, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 4.995/2013 “DE EDUCACIÓN SUPERIOR”.”

Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil dieciocho, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución.

 

Miguel Jorge Cuevas Ruíz Díaz                         
Presidente                                                              
H. Cámara de Diputados                                      
 
Silvio Ovelar B.
Presidente
H. Cámara de Diputados
 
Carlos Núñez Salinas                                          
Secretario Parlamentario                                     
 
Víctor A. Bogado González
Secretario Parlamentario
 

Asunción, 14 de Agosto de 2018

 

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

El Presidente de la República

Horacio Cartes Jara

 

Reglamentos

Reglamentos

Estatuto Fundacional FOTRIEM

Catalogación Temática

Auditoría
  • Código – Derecho Procesal – Derecho Laboral.
  • Códigos – Derecho Civil – Derecho Procesal.
  • Códigos – Derecho – Derecho Civil.
  • Códigos – Derecho – Derecho Civil – Derecho de Familia.
  • Códigos – Derecho – Derecho Penal.
  • Códigos – Derecho – Derecho Penal – Derecho Tributario.
  • Códigos – Derecho – Derecho Penal – Leyes.
  • Códigos – Derecho – Derecho Comercial.
  • Códigos – Derecho – Derecho Laboral.
  • Códigos – Derecho – Derecho Tributario.
  • Códigos – Derecho Tributario – Aduanero.
  • Códigos – Derecho – Derecho Penal – Derecho Tributario.
  • Contrato Derecho.
  • Contrato Derecho – Derecho Civil – Derecho Comercial.
  • Contrato – Derecho – Derecho Comercial.
  • Contrato – Derecho – Derecho Comercial.
  • Contabilidad.
  • Contabilidad – Auditoría.
  • Contabilidad – Diccionario.
  • Contabilidad – Auditoría.
  • Contabilidad – Diccionario.
  • Derecho – Derecho Constitucional.
  • Derecho – Derecho Laboral.
  • Derecho Civil – Derecho Procesal.
  • Derecho – Derecho Administrativo.
  • Derecho – Derecho Agrario – IMAGRO.
  • Derecho – Derecho Agrario – IMAGRO Leyes.
  • Derecho – Derecho Bancario.
  • Derecho – Derecho Civil.
  • Derecho – Derecho Civil – Derecho de Familia.
  • Derecho – Derecho Civil – Quiebras.
  • Derecho – Derecho Comercial.
  • Derecho – Derecho Comercial – Diccionario.
  • Derecho – Derecho Comercial – Mercosur.
  • Derecho – Derecho Financiero.
  • Derecho – Derecho Internacional.
  • Derecho – Derecho Marítimo.
  • Derecho – Derecho Notarial
  • Derecho – Derecho Penal
  • Derecho – Derecho Penal – Derecho Tributario.
  • Derecho – Derecho Penal – leyes.
  • Derecho – Derecho Político.
  • Derecho – Derecho Procesal.
  • Derecho -Derecho Sociedades.
  • Derecho – Derecho Tributario.
  • Derecho – Derecho Tributario – Leyes.
  • Derecho – Derecho Tributario – Leyes Tributariorio – IRP.
  • Derecho – Derecho Tributario – Tributariorio – IRP.
  • Derecho – Derecho Comercial.
  • Derecho – Derecho Comercial – Diccionario.
  • Derecho – Derecho Comercial – Mercosur.
  • Derecho – Derecho Tributario.
  • Derecho – Derecho Tributario – Impuestos Tributario – Renta.
  • Derecho – Derecho Tributario – Leyes.
  • Derecho – Derecho Tributario – Leyes – Tributario – IRP.
  • Derecho – Derecho Tributario – Tributario – IRP.
  • Derecho Diccionario.
  • Derecho – Impuestos IRACIS – Tributario – Renta.
  • Derecho – Impuestos – Tributario – Renta.
  • Derecho – Impuestos – Tributario – IRP.
  • Derecho – Impuestos – Tributario – IRPC – Tributario – IVA.
  • Derecho – Impuestos – Tributario – IVA.
  • Derecho – Impuestos – Tributario – IVA – Tributario – Renta.
  • Derecho – Impuestos – Tributario – IVA.
  • Derecho – Impuestos – Tributario – IRPC – Tributario – IVA.
  • Derecho – Impuestos – Tributario – IVA – Tributario – Renta.
  • Derecho – Impuestos – Tributario – Renta.
  • Derecho – Leyes.
  • Derecho Mercosur.
  • Derecho Tributario.
  • Derecho Tributario – Aduanero
  • Derecho Tributario – Congreso
  • Derecho Tributario – Doctrina
  • Derecho Tributario – Municipal
  • Derecho Tributario – Proc.
  • Derecho Tributario – Procesal.
  • Derecho Penal – Derecho Tributario.
  • Derecho – Sociedades

Aula Invertida

Guía de Utilización y Contenido del Aula Invertida

¿Declaraste correctamente el IRP del 2012 al 2016?
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